Doce ciudadanos rosarinos condenaron este viernes a Aníbal Cabaña por el femicidio de su expareja Natalia Ocampo, de 47 años, y el homicidio de César Valenzuela, de 48, novio de la mujer al momento del crimen. 

El veredicto se conoció pasadas las 19 en el Centro de Justicia Penal y cerró el primer juicio por jurados de la historia de Rosario, iniciado el lunes 8 de junio. Cabe destacar que la jueza Eleonora Verón fijará la pena en una audiencia posterior.

El doble crimen ocurrió el 6 de abril de 2025. Cabaña ingresó a la pensión de Uruguay al 5300 donde vivía Ocampo, con quien estaba en proceso de divorcio tras 18 años de relación, utilizando llaves que le había sustraído. Subió a la planta alta, pateó una puerta y disparó al menos ocho veces con una pistola Bersa calibre 9 mm. Ocampo recibió dos balazos en la cabeza y uno en el cuerpo. Valenzuela fue baleado cinco veces en el cráneo y el torso. La Justicia le había impuesto a Cabaña una restricción de acercamiento días antes del ataque.

Durante el juicio no estuvo en discusión la autoría de los crímenes sino si el asesinato de Ocampo había ocurrido en un contexto de violencia de género, condición que determina la calificación de femicidio y el peso de la pena. El fiscal Alejandro Ferlazzo sostuvo que la relación de 18 años estuvo marcada por episodios de violencia desde sus comienzos y que Cabaña había amenazado a Ocampo el 26 de marzo, días antes del ataque. Presentó denuncias en su contra desde 2010. La defensora pública Nora Gaspire argumentó en cambio que el femicidio requiere probar violencia de género anterior documentada, lo que según su alegato no se acreditó en el juicio.

El jurado deliberó en privado tras escuchar las instrucciones de la jueza Verón, quien explicó a los ciudadanos que ella es la jueza del derecho mientras ellos son los jueces del hecho, y les ordenó considerar únicamente la prueba presentada en el debate sin especular sobre lo que no se produjo en el juicio.

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