Ariel Matías Cabrera y Damián Gerardo Reifenstuel recibieron penas de 20 años de prisión, mientras que Juan José Massón recibió 18 años en el marco del juicio por el crimen de Ivana Garcilazo, la hincha de Central asesinada de un piedrazo tras un clásico rosarino el 30 de septiembre de 2023. Les impusieron inhabilitaciones perpetuas para asistir a eventos deportivos y, en el caso de Cabrera, no podrá ejercer roles deportivos por 15 años.

Así lo confirmó el tribunal conformado por los magistrados Natalia Benvenuto, Juan Ignacio Rodríguez y Rodrigo Vico Jimena en la sede del Centro de Justicia Penal, luego de juzgar a los implicados como coautores del delito de homicidio simple, cometido con dolo eventual y agravado por ser perpetrado en ocasión de espectáculo deportivo. No se cumplieron los pedidos de la Fiscalía y la querella, quienes solicitaron 30 y 33 años de cárcel, respectivamente.

Por un lado, Reifenstuel y Cabrera, recibieron 20 años de prisión con inhabilitación de 15 años para desempeñarse como deportista, jugador profesional, técnico, colaborador, dirigente, concesionario, miembro de comisión o subcomisión de entidades deportivas. Tampoco podrán acudir a espectáculos deportivos, de manera perpetua. 

El primero tiene como agravante su fuga a Bolivia con cambio de identidad que prolongó la posibilidad de que haya una respuesta judicial durante más de un año, mientras que el segundo agredió a la pareja de Ivana cuando ella resultó herida y obstruyó la rápida atención médica de la misma. 20 años de prisión, una inhabilitación para En el caso de Massón, su accionar no tuvo otros agravantes ante los ojos de los jueces y le dieron 18 años de prisión, con inhabilitación perpetua para ingresar a estadios deportivos.

El padre, la hermana y la pareja de la víctima ingresaron al auditorio, mientras que allegados, amigos y otros familiares siguieron la audiencia desde una pantalla gigante en la plaza contigua al edificio de las calles Virasoro y Mitre.

Los argumentos del tribunal

Antes de dar el veredicto, la jueza Natalia Benvenuto brindó una explicación preliminar de la decisión y expresó: “El fútbol es uno de los grandes fenómenos de la humanidad, en un evento deportivo confluyen espectadores, futbolistas, clubes, organizaciones y el Estado, por eso es un ámbito donde colisionan intereses, derechos y obligaciones. El juego despierta competitividad, emoción y pasión, de esos mismos sentimientos ha surgido una idea distorsionada de la competencia, la radicalización de la identidad y la discriminación al rival”.

A su vez, situó el relato en lo sucedido aquel 30 de septiembre de 2023 a la noche en Ovidio Lagos y Oroño y señaló: “Los tres acusados se encontraban reunidos en una vivienda particular enojados por el resultado adverso de su equipo, varios testigos los escucharon decir antes de salir que iban a ‘salir a pelearse o golpear’. La ubicación no fue casual ni azarosa, era muy probable que circularan simpatizantes de Central”.

“Tomaron pedazos de baldosa de la vereda rota de la esquina y los arrojaron en forma conjunta contra ellos, impactando uno de ellos contra la cabeza de Ivana”, agregó la magistrada, quien consideró que se trató de “un ataque simultáneo y coordinado”. 

No obstante, aclaro: “Que haya habido un solo impacto certero no permite concluir que existió un único autor”. Luego, remarcó que todos los detenidos tiraron piedras, pero que no se determinó quién lanzó la que impactó en la cabeza de la víctima.

En la previa a comunicar el rechazo a las penas de 30 y 33 años solicitados por las fiscales Laura Riccardo y Carla Ranciari y la querella, respectivamente, recordó: “La pena no puede fijarse a partir de la conmoción social que provocó el hecho, la realidad abstracta del delito ni de lo que pidan las partes”. En la misma línea, argumentó que los detenidos “no son idénticos en lo que hicieron antes o después”, que no hubo planificación del hecho y que “no hubo una intención positiva de matar como fin inmediato”. 

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